Titularidad de las personas jurídicas
Resumen | Fecha: 1987 - 1997 |
El TRLPI
prevé la titularidad de las personas jurídicas en el
artículo 5.2, remitiéndose a los casos expresamente
previstos en la Ley, entre los que destaca el artículo
8, relativo a las obras colectivas. |