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Noticias breves sobre dominios

Resumen Última actualización: Abril 1996
• Inspecciones de InterNIC - InterNIC ha anunciado que a partir del 1 de octubre de 1996 va a establecer un sistema de registro más restrictivo, que incluirá la verificación de los servidores. La finalidad de este método es evitar la difusión de información falsa en el sistema DNS y, en especial, la proliferación de errores en los nombres de los servidores primario y secundario.


• Los casos MTV y McDonalds - El canal musical MTV demandó a un ex-empleado que había registrado el dominio “mtv.com” en Internet. Las partes llegaron a un acuerdo y la demanda se retiró. En el caso McDonalds, el titular del dominio “mcdonalds.com” llegó a plantear la posibilidad de crear un web promoviendo la dieta vegetariana si la conocida cadena de hamburgueserías no adquiría el dominio por una suma que destinaría a equipamiento escolar. Tras unos meses de negociaciones, McDonalds donó 3.500 dólares para la compra de material informático.


• Nombres y direcciones postales - Los dominios tienen una naturaleza híbrida, como denominación distintiva de una organización y como dirección en la que pueden recibirse mensajes. Al mismo tiempo, una parte del dominio sirve de indicativo geográfico. Esta doble naturaleza hizo que inicialmente se plantearan dudas sobre su protección. Finalmente ha prevalecido la aplicación de la propiedad industrial, lo cual ha originado un notable incremento del registro de marcas en EEUU.


• Titularidad del dominio - Las nuevas normas que rigen en España respecto a la concesión de dominios aclaran definitivamente la cuestión de la titularidad. De acuerdo con el artículo 2.13, la titularidad, autoridad y responsabilidad última de un nombre de dominio de DNS de segundo nivel bajo "es" recae siempre sobre la organización para la que se haya registrado dicho dominio. En concreto, un proveedor de servicio Internet no es titular ni responsable a nivel administrativo (puede serlo a nivel técnico) de un dominio registrado para una organización a la que de servicio. Una consecuencia importante de la presente norma es que una organización puede conservar el mismo nombre de dominio de DNS de segundo nivel bajo "es" independientemente de cambios de proveedor o de que esté conectado a varios proveedores simultáneamente.


• Dominios prohibidos - No se admiten como dominios los nombres de DNS de primer nivel (EDU, COM, NET, ORG, MIL, etc.), los toponímicos (paises, regiones, provincias, etc.) los genéricos (productos, servicios, profesiones, actividades, áreas del saber humano, etc.) los relativos a la terminología de Internet (FTP, WWW, EMAIL, etc.) los contrarios a la ley, los malsonantes, los nombres propios y apellidos y aquéllos que se asocien de forma pública y notoria a otra organización, acrónimo o marca distintos de los del solicitante.

Copyright Xavier Ribas