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Argumentos de NSI para rechazar la suspensión

Noticia Última actualización: Octubre de 1997

Networks Solutions Inc., la empresa que gestiona los dominios .COM .ORG .NET .EDU, etc. está teniendo serios problemas en la aplicación práctica de su política de resolución de disputas.

Pero la mayor parte de las demandas presentadas contra NSI no proceden de las empresas titulares de las marcas que coinciden con dominios registrados por otras empresas, sino justamente por los titulares a los que se ha dejado el dominio en suspenso por no haber acreditado un derecho prioritario sobre dicha denominación.

Con el fin de evitar nuevos litigios, NSI está utilizando motivos no previstos en sus normas para denegar la suspensión del dominio presuntamente infractor.

Los motivos alegados por NSI son los siguientes:

- La comparación entre el dominio y la marca demuestra que existen caracteres alfabéticos o numéricos que aparecen en uno de ellos pero no en el otro.

- La marca, como un todo, consiste en la combinación de un diseño distintivo y la palabra asociada, por lo que no puede considerarse dicha palabra como algo separado del gráfico o diseño descrito en la marca.

- La marca está definida y limitada por una renuncia que indica que el propietario de la marca no ostenta derechos exclusivos sobre la denominación a la que se refiere la marca como un todo.

Estos nuevos criterios no están recogidos en las normas de NSI para el tratamiento de disputas entre titulares de dominios y propietarios de marcas, por lo que deberían resultar inaplicables, en especial el criterio relativo a las denominaciones asociadas a marcas gráficas o logos.

Con independencia de la licitud de estos criterios, contrarios a las normas dictadas por la propia NSI, resulta recomendable, en el momento de registrar un logo formado por una o varias palabras, que se solicite otra marca denominativa para protegerla de manera independiente al diseño grafico.

No obstante, consideramos absurdo que se registre la marca con caracteres añadidos en previsión de posibles imitaciones, ya que las combinaciones de caracteres colocados detrás o delante del nombre son infinitas.

Al mismo tiempo, consideramos imprudente la posición de NSI respecto a este último argumento, ya que abre la posibilidad de que cualquiera registre un dominio, sin riesgo de posterior suspensión, con la simple operación de añadir un par de numeros o letras antes o después de la denominación que se pretende utilizar.

Copyright Xavier Ribas