Información de Contract-Soft onnet Area de servicios reservada a clientes Volver al índice de la base de datos  Volver al inicio del web

Nuevas normas de NSI respecto a la transferencia de dominios

Noticia Fecha: 13 de febrero de 1998

Network Solutions Inc. ha modificado las normas relativas a los acuerdos de cambio de titular de un nombre de dominio. Desde el 20 de enero de 1998, la transferencia de dominios deberá efectuarse mediante contrato otorgado ante notario.

Esta modificación es sumamente importante ya que entorpece las transmisiones surgidas tras el acuerdo amistoso entre el titular de un dominio que infringe una marca registrada, y el titular de dicha marca.

A partir de ahora, cuando el titular de un nombre de dominio decida transferir sus derechos a un tercero, deberán seguirse los siguientes pasos:

1. El nuevo titular deberá remitir a NSI una solicitud o "Acuerdo de Registro de Nombre de Dominio" (El modelo habitual que se encuentra en http://rs.internic.net/templates/domain-template.txt) No debe utilizarse el formulario on line que se halla en la página web de INTERNIC.

2. Una vez recibida la solicitud, NSI enviará dos mensajes de respuesta automáticos. La primera contendrá un acuse de recibo de la solicitud y un número de referencia para facilitar su seguimiento. El segundo será un aviso de rechazo de la solicitud, por estar previamente registrado el nombre de dominio solicitado. Este segundo mensaje debe ser ignorado.

3. El anterior titular debe imprimir el modelo de contrato que se halla en http://rs.internic.net/reg-change/agreement.html y cumplimentar las secciones 1 y 3. En presencia de un notario que lo identifique, el titular debe firmar el contrato.

4. El notario protocolizará el acuerdo en los términos establecidos en la sección 3 del contrato. (Por la redacción del texto por el que se identifica al titular que transfiere el dominio entendemos que es suficente una simple acta de comparecencia, y que no es necesario que las dos partes firmen el contrato ante el notario)

5. El titular del dominio enviará entonces el original del contrato al nuevo titular. (Entendemos que una copia auténtica del acta de comparecencia es suficiente).

6. El nuevo titular debe introducir el número de referencia asignado por NSI en la casilla correspondiente de la sección 3.

7. El nuevo titular, o su representante legal, si se trata de una persona jurídica, deberá firmar el contrato. (En este caso no es necesaria la presencia de notario).

8. El original del contrato firmado será remitido a:

NETWORK SOLUTIONS, INC
505 Huntmar Park Drive
HERNDON, VA 20170

ATTN: Registrant Change Group

NSI justifica este cambio en los siguientes motivos:

1. El registro de un nombre de dominio es esencialmente un contrato de servicios entre NSI y el solicitante del registro.

2. El nombre de dicho solicitante es mucho más que un identificador casual. Es un término legal que define a una de las partes del contrato.

3. El cambio de una de las partes de un contrato, debe cumplir los correspondientes requisitos legales.

Las nuevas instrucciones pueden ser consultadas en la siguiente dirección:

http://rs.internic.net/reg-change/instructions.html

El modelo de contrato a utilizar para efectuar el cambio de nombre se halla en:

http://rs.internic.net/reg-change/agreement.html

 


Copyright Xavier Ribas