Intervención del correo electrónico de los empleados
Noticia | Última actualización: 9 de septiembre 1997 |
El gerente de una compañía de Sabadell ha sido condenado por haber interceptado y grabado las conversaciones telefónicas de dos de sus empleados, a los que estaba investigando por actividades que consideraba contrarias a los intereses de la empresa. El contenido de esta sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Sabadell, contrasta con el sector de la doctrina que considera legítima la intervención de los medios de comunicación que son propiedad de la empresa (correo electrónico, teléfono, redes, etc.) para prevenir la comisión de delitos o de actividades que pueden ser motivo de despido o de sanción disciplinaria. Aunque la condena ha consistido únicamente en una multa de 150.000 pesetas, ya que se han apreciado circunstancias atenuantes, es importante evitar riesgos de este tipo en los casos en que la empresa considere necesario establecer controles de contenidos en Intranets y redes corporativas, y en especial, cuando se haya previsto establecer un control de los mensajes de correo electrónico en el seno de la empresa que puedan vulnerar el derecho a la intimidad de las personas. Es importante haber advertido previamente a todos los usuarios de sistemas de información de la empresa, mediante el correspondiente aviso colectivo, o mediante carta individual. Algunas empresas incluyen una autorización expresa para la intervención de las comunicaciones corporativas en el contrato de trabajo. |