El monopolio de los derechos de autor
Opinión | Última actualización: Octubre 1997 |
La creación
de una obra confiere a su autor, entre otras, dos
facultades que por su propia naturaleza pueden llegar a
generar conflictos con las normas que defienden la libre
competencia. Por un lado, el autor puede ejercitar y ceder sus derechos de explotación sobre la obra en régimen de absoluta exclusividad. Las consecuencias de este régimen son en esencia contradictorias con el articulo 85 del Tratado de Roma y con el Reglamento CEE sobre distribución en exclusiva y a pesar de ello, la jurisprudencia europea ha declarado reiteradamente que el derecho de autor debe prevalecer. Por otro lado, el autor tiene la potestad absoluta para decidir en qué momento y en qué condiciones va divulgar la obra. Este derecho es irrenunciable e intransferible. El ejercicio de esta facultad influye directamente en el formato de la obra y en las condiciones que concede el derecho de distribución, como vemos en los siguientes ejemplos:
Estas son algunas de las consecuencias derivadas del ejercicio de los derechos de autor. Si su aplicación practica produce distorsiones de la libre competencia no deberán enjuiciarse dichas prácticas sin resolver previamente las situaciones de conflicto entre la propiedad intelectual como derecho fundamental de la persona, tutelado constitucionalmente, y la defensa de la competencia. |