Información de Contract-Soft onnet Area de servicios reservada a clientes Volver al índice de la base de datos  Volver al inicio del web

Escrow ® - Obligaciones del depositante

Resumen Última actualización: Abril 1997

Las obligaciones primordiales de la empresa tecnológica depositante son las siguientes:

- Entrega del objeto del depósito
- Actualización del objeto del depósito
- Notificación al depositario de cualquier cambio de titularidad sobre el objeto del depósito

Entrega del objeto del depósito: obligación común a los depósitos en general, aunque marcada por la particularidad de que la finalidad del depósito no es sólo la custodia de su objeto, sino también su creación como garantía de un posible acceso futuro por el licenciatario. En consecuencia, y en cumplimiento de dicha finalidad, el "know-how" depositado debe revestir las características de idoneidad que permitan la continuación de la explotación de la licencia por parte del licenciatario.

Actualización del objeto del depósito: esta obligación puede entenderse como una especialidad o como una consecuencia de la anterior, aunque motivada por la rápida evolución tecnológia del serctor de nuevas tecnologías.

Si el objeto material del depósito debe posibilitar la continuación de la explotación de la licencia, como regla general no bastará con la realización de un depósito inicial, sino que el objeto material del depósito deberá ser actualizado conforme evoluciona o se actualiza el "know-how" que lo integra.

Piénsese, por ejemplo, en un contrato de escrow constituido en 1985 sobre un programa de ordenador a medida, y que haya experimentado actualizaciones frecuentes durante estos años. Si el objeto del depósito no ha sido actualizado, el código fuente depositado en 1985 probablemente será de poca ayuda al licenciatario para continuar en la explotación de 1995, debido a su grado de obsolescencia.

Notificación al depositario de cualquier cambio de titularidad sobre el objeto del depósito: esta obligación opera como en favor del depositario, como garantía de que el acceso al "Know-how" se facilitará al licenciatario como último remedio, es decir, cuando no exista empresa alguna que pueda permitir la continuación de la explotación de la licencia sin mediar entrega del "know--how".

Mediante esta cláusula, el depositante se obliga a comunicar al depositario cualquier cambio en la titularidad del "know-how" depositado, de modo que los licenciatarios deberán dirigirse al nuevo titular para obtener del mismo las prestaciones que permitan continuar en la explotación de la licencia sin necesidad de entrega del "know-how".

Esta obligación puede complementarse con la obligatoriedad para el depositante de notificar cualquier cambio en su domicilio, nombre o razón social, o cualquier otro elemento identificativo que facilite su localización en el momento en que el licenciatario intente acceder al código fuente.

Finalmente, indicar que esta obligación también opera como garantía para el depositante y para los nuevos titulares del "know-how", dado que su incumplimiento puede ocasionar accesos no deseados al "know-how" por parte del licenciatario.

ESCROW es una marca registrada de Xavier Ribas (1989)

Copyright Xavier Ribas