Propuesta de Directiva de venta a distancia de servicios financieros
Noticia | Última actualización: 19/10/98 |
La Comisión Europea ha elaborado una propuesta de Directiva en la que se regulan los contratos a distancia de servicios financieros, incluyendo:
Banca Seguros Inversión
El texto cubre las actividades prestadas exclusivamente a través de correo, teléfono y medios electrónicos como Internet, e intenta armonizar los siguientes aspectos:
- El derecho de reflexión del usuario, que se establece en 14 días. En dicho periodo, el cliente puede analizar las condiciones contractuales del servicio financiero y compararlo con otras ofertas antes de manifestar su consentimiento.
- El derecho de desistimiento del usuario en el caso de el contrato haya sido firmado antes de recibir todos los términos y condiciones del servicio o cuando el cliente haya sido sometido a una presión desleal durante el periodo de reflexión. El periodo de sistimiento será de 14 días para todos los servicios financieros, excepto para las hipotecas, los seguros de vida y los planes de pensiones, en los que el periodo será de 30 días.
- Los derechos mínimos del usuario en los casos en que los servicios financieros contratados no estén disponibles de forma total o parcial (Por ejemplo el derecho a la devolución de las cantidades pagadas)
- El derecho de la entidad financiera a ser indemnizada en el caso de que el usuario decida desistir una vez que la ejecución del servicio haya empezado.
- La prohibición de la venta por inercia. Por ejemplo, el suministro de servicios financieros que no han sido solicitados.
- La limitación en el uso, por parte de la entidad finaciera, de sistemas de comunicación en los que el contacto se produce sin previo consentimiento del usuario.
- El establecimiento de sistemas para la resolución de disputas entre entidades financieras y usuarios.
Esta propuesta de Directiva complementa la Directiva 97/7/CEE sobre venta a distancia, que excluye de forma expresa los servicios financieros.