Declaraciones tributarias por medios telemáticos
Artículo | Última actualización: Diciembre 1997 |
El Ministerio de Economía y
Hacienda podrá establecer en 1998 los supuestos y condiciones en
que las grandes empresas habrán de presentar por medios
telemáticos sus declaraciones, declaraciones-liquidaciones,
autoliquidaciones o cualquier otro documento exigido por la
normativa tributaria.
Asi lo establece la Disposición Final Quinta de la ley de
acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado para
1998.
Se entederá por grandes empresas las definidas como tales a los
efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido.