Idea y expresión
Audiencia Provincial Barcelona Sección Décima - 4 Junio de 1990 |
Empleado desleal |
No son objeto de la propiedad intelectual las meras ideas científicas sino la nueva expresión orgánica de una idea o de un conjunto de ideas, originales o ajenas. No es preciso, para lograr la protección de la Ley, que la obra esté totalmente acabada, pero sí ha de tener la expresión orgánica suficiente. Requisitos: 1) Que exista una obra, 2) Que sea fruto de la actividad intelectual, 3) Que sea novedosa como expresión formal, 4) Que sea lícita, 5) Que se exteriorice de alguna forma. |