Decisión 94/942/PESC - CATEGORIA 7
Decisión del Consejo | DOCE: 31/12/94 L-367 Pág.8 |
CATEGORÍA 7
NAVEGACIÓN Y AVIÓNICA
7A EQUIPOS, CONJUNTOS Y
COMPONENTES 7A001 Acelerómetros diseñados para su utilización
en sistemas de navegación inerciales o en sistemas de guiado y
que posean cualquiera de las características siguientes, y los
componentes especialmente diseñados para ellos:
N.B.: Véase también el artículo 7A101.
a. «Estabilidad» de «desviación» inferior a (mejor que) 130
micro g respecto de un valor de calibrado fijo en un período de
un año;
b. «Estabilidad» de «factor de escala» inferior a (mejor que)
130 ppm respecto de un valor de calibrado fijo en un período de
un año;
c. Especificados para funcionar a niveles de aceleración
superiores a 100 g.
7A002 Giroscopios que posean cualquiera de las características
siguientes, y los componentes especialmente diseñados para
ellos:
N.B.: Véase también el artículo 7A102.
a. «Estabilidad» de «velocidad de deriva», medida en un
ambiente de 1 g a lo largo de un período de tres meses y
respecto de un valor de calibrado fijo:
1. Inferior a (mejor que) 0,1 ° por hora cuando el aparato esté
especificado para funcionar a niveles de aceleración lineal
menores de 10 g, o 2. Inferior a (mejor que) 0,5 ° por hora
cuando el aparato esté especificado para funcionar a niveles de
aceleración lineal de 10 g a 100 g inclusive;
b. Especificados para funcionar a niveles de aceleración lineal
superiores a 100 g.
7A003 Sistemas de navegación inerciales (de cardan y sujetos) y
equipos inerciales para actitud, guiado o control, que posean
cualquiera de las características siguientes, y los componentes
especialmente diseñados para ellos:
N.B.: Véase también el artículo 7A103.
a. Para «aeronaves»:
1. Error de navegación (libre inercial) de 0,8 millas náuticas
por hora [error circular probable 50 % (CEP)] o inferior (mejor)
después de una alineación normal;
2. No homologados para utilización en «aeronaves civiles» por
las «autoridades de aviación civil»; o 3. Especificados para
funcionar a niveles de aceleración lineal superiores a 10 g;
b. Para uso terrestre o en «vehículos espaciales»:
1. Error de navegación (libre inercial) de 0,8 millas náuticas
por hora [error circular probable del 50 % (CEP)] o inferior
(mejor) después de un alineación normal, o 2. Especificados
para funcionar a niveles de aceleración superiores a 10 g;
7A004 Brújulas giroscópicas astronómicas y otros instrumentos
que permitan determinar la posición o la orientación mediante
seguimiento automático de cuerpos celestes o satélites, con una
precisión de azimut igual o inferior a (mejor que) 5 segundos de
arco;
N.B.: Véase también el artículo 7A104.
7A005 Equipos de recepción de Posicionamiento Global por
Satélite (GPS) que posean cualquiera de las características
siguientes, y los componentes especialmente diseñados para
ellos:
N.B.: Véase también el artículo 7A105.
a. Que utilicen el cifrado/descifrado; o b. Antena de nulos
direccionables;
7A006 Altímetros aerotransportables que funcionen a frecuencias
no comprendidas entre 4,2 a 4,4 GHz inclusive, y posean
cualquiera de las características siguientes:
N.B.: Véase también el artículo 7A106.
a. «Gestión de potencia»; o b. Que utilicen modulación por
desplazamiento de fase (PSK).
(Para los pilotos automáticos de
vehículos subacuáticos, véase la categoría 8. Para los
radares, véase la categoría 6.) 7A101 Acelerómetros, distintos
de los incluidos en el artículo 7A001, con un umbral de 0,05 g o
menos, o un error de linealidad que no exceda del 0,25 % de la
escala total de salida, o con ambas características, que estén
diseñados para su utilización en sistemas de navegación
inercial o de guiado de todo tipo y los componentes diseñados
especialmente para ellos.
NOTA: El artículo 7A101 no incluye los acelerómetros
especialmente diseñados y desarrollados como sensores para
«Medida Mientras Perfora» [Measurement While Drilling (MWD)]
para su utilización en operaciones de servicio de perforación
de pozos.
7A102 Todo tipo de giroscopios, distintos de los incluidos en el
artículo 7A002, utilizables en «misiles», con una
«estabilidad» del «índice de deriva» tasada en menos de 0,5
° (1 sigma o rms) por hora en un medio ambiente de 1 g y los
componentes diseñados especialmente para ellos.
7A103 Equipos y sistemas de instrumentación y navegación,
distintos de los incluidos en el artículo 7A003, según se
indica, así como los componentes especialmente diseñados para
ellos:
a. Equipo inercial o de otro tipo en el que se utilicen
acelerómetros o giroscopios incluidos en los artículos 7A001,
7A002, 7A101 o 7A102 y sistemas que lleven incorporados esos
equipos;
b. Sistemas integrados de instrumentos de vuelo, incluidos los
giroestabilizadores o pilotos automáticos diseñados o
modificados para su utilización en los sistemas incluidos en los
artículos 9A004 o 9A104.
7A104 Brújulas giroscópicas astronómicas y otros dispositivos,
distintos de los incluidos en el artículo 7A004, que deriven la
posición o la orientación por medio del seguimiento automático
de los cuerpos celestes o satélites, así como los componentes
especialmente diseñados para ellos.
7A105 Receptores para el Sistema de Posicionamiento Global
[Global Positioning System (GPS)] o receptores de satélite
similares, distintos de los incluidos en el artículo 7A005,
capaces de proveer información para la navegación bajo las
siguientes condiciones operacionales, y diseñados o modificados
para el uso en los sistemas incluidos en los artículos 9A004 o
9A104;
a. A velocidades superiores a 515 m/seg; y b. A alturas
superiores a 18 km.
7A106 Altímetros, distintos de los incluidos en el artículo
7A006, de tipo radar o radar láser, diseñados o modificados
para el uso en los sistemas incluidos en los artículos 9A004 o
9A104.
7A115 Sensores pasivos para determinar el rumbo en relación con
fuentes electromagnéticas específicas (equipos
radiogoniométricos) o con las características del terreno,
diseñados o modificados para el uso en los sistemas incluidos en
los artículos 9A004 o 9A104.
NOTA: Este artículo incluye sensores para los equipos
siguientes:
a. Equipos de cartografía del contorno de terreno;
b. Equipos de sensores de imágenes;
c. Equipos de interferometría.
7A116 Sistemas de control de vuelo, según se indica, diseñados
o modificados para los sistemas incluidos en los artículos 9A004
o 9A104:
a. De los tipos hidráulicos, mecánicos, electroópticos,
electromecánicos o controlado por señales eléctricas (fly by
wire);
b. Equipos de control de actitud.
7A117 «Conjuntos de guiado», utilizables en «misiles»,
capaces de conseguir una precisión del sistema de 3,33 %, o
menos, del alcance (por ejemplo, un CEP de 10 km o menos a un
alcance de 300 km).
7B EQUIPOS DE ENSAYO, INSPECCIÓN Y PRODUCCIÓN 7B001 Equipos de
ensayo, calibrado o alineación diseñados especialmente para los
equipos incluidos en el artículo 7A, excepto los equipos para
mantenimiento de nivel I o mantenimiento de nivel II;
Notas técnicas:
1. Mantenimiento de nivel I La avería de una unidad de
navegación por inercia se detecta en la aeronave por las
indicaciones de la unidad de control y visualización (CDU) o por
el mensaje de estado del subsistema correspondiente. Siguiendo el
manual de utilización del fabricante se puede localizar la causa
de la avería a nivel de la unidad sustituible en línea (LRU)
que funciona mal. El operador retira entonces dicha unidad y la
sustituye por una de repuesto.
2. Mantenimiento de nivel II La unidad defectuosa sustituible en
línea (LRU) se envía al taller de mantenimiento (al del
fabricante o al del operador encargado del mantenimiento de nivel
II). En el taller de mantenimiento, la unidad defectuosa (LRU) se
prueba por varios medios apropiados para verificar y localizar el
módulo defectuoso del conjunto sustituible en taller (SRA)
responsable de la avería. Dicho módulo (SRA) se retira y se
sustituye por uno de repuesto en estado operativo. El modelo
defectuoso (SRA) [o en su caso, la unidad sustituible en línea
(LRU) completa] se envía entonces al fabricante.
N.B.: El mantenimiento de nivel II no incluye la retirada del
acelerómetro o del giroscopio sensores sometidos a control del
conjunto sustituible en taller SRA.
7B002 Equipos, según se indica, diseñados especialmente para
caracterizar espejos para los giroscopios «láser» en anillo:
N.B.: Véase también el artículo 7B102.
a. Difusómetros con una precisión de medida igual o inferior a
(mejor que) 10 ppm;
b. Rugosímetros con una precisión de medida igual o inferior a
(mejor que) 0,5 nm (5 angstrom);
7B003 Equipos diseñados especialmente para la fabricación de
equipos incluidos en el artículo 7A, incluyendo:
a. Bancos de pruebas para el sintonizado de giroscopios;
b. Bancos de equilibrado dinámico de giroscopios;
c. Bancos de ensayo para rodaje de motores de arrastre de
giroscopios;
d. Bancos de vaciado y llenado de giroscopios;
e. Dispositivos de centrifugado para rodamientos de giroscopios;
f. Bancos de alineación de ejes de acelerómetros.
7B102 Reflectómetros especialmente diseñados para caracterizar
espejos, para giroscopios «láser», con una precisión de
medición de 50 ppm o menos (mejor).
7B103 «Equipos de producción» especialmente diseñados para
los equipos incluidos en el artículo 7A117.
7C MATERIALES Ninguno.
7D EQUIPO LÓGICO 7D001 «Equipo lógico» (software) diseñado o
modificado especialmente para el «desarrollo» o la
«producción» de equipos incluidos en los artículos 7A o 7B.
7D002 «Código fuente» para la «utilización» de cualquier
equipo de navegación inercial o Sistemas de Referencia de
Actitud de Rumbo (AHRS) (excepto los sistemas AHRS de cardan),
incluidos los equipos inerciales no incluidos en los artículos
7A003 o 7A004.
Nota técnica: Los sistemas AHRS se diferencian generalmente de
los sistemas de navegación inerciales (INS) en que un sistema
AHRS proporciona información relativa a la actitud de rumbo y
normalmente no suministra la información de aceleración,
velocidad y posición asociada a los sistemas de navegación
inerciales (INS).
7D003 Otro «equipo lógico» (software), según se indica:
a. «Equipo lógico» (software) especialmente diseñado o
modificado para mejorar las prestaciones de funcionamiento o
reducir el error de navegación de los sistemas a los niveles
especificados en los artículos 7A003 o 7A004;
b. «Código fuente» para sistemas integrados híbridos que
mejore las prestaciones de funcionamiento o reduzca el error de
navegación de los sistemas al nivel especificado en el artículo
7A003 combinando de manera continua datos de inercia con
cualquiera de los datos de navegación siguientes:
1. Velocidad de radar Doppler;
2. Referencias de Posicionamiento Global por Satélite (GPS), o
3. Base de datos del terreno;
c. «Código fuente» para sistemas de aviónica o de misión
integrados que combinen datos de sensores y utilicen «sistemas
expertos»;
d. «Código fuente» para el «desarrollo» de:
1. Sistemas digitales de gestión de vuelo para la optimización
de la trayectoria de vuelo;
2. Sistemas integrados de propulsión y de control de vuelo;
3. Sistemas de control de vuelo por señales eléctricas
(fly-by-wire) o de vuelo por señales ópticas (fly-by-light);
4. «Sistemas de control activo de vuelo» tolerantes a fallos o
de autorreconfiguración;
5. Equipos de a bordo de goniometría automáticos;
6. Sistemas de datos aéreos basados en datos estáticos de
superficie;
7. Presentaciones visuales del tipo de trama (raster) de «cabeza
levantada» (head-up) o presentaciones visuales tridimensionales.
7D101 «Equipo lógico» (software) especialmente diseñado para
la «utilización» de los equipos incluidos en los artículos
7A001 a 7A006, 7A101 a 7A106, 7A115, 7B002, 7B003, 7B102 o 7B103.
7D102 «Equipo lógico» (software) de integración por los
equipos incluidos en los artículos 7A003 o 7A103.
7D103 «Equipo lógico» (software) diseñado especialmente para
la modelización o simulación, de los «conjuntos de guiado»
incluidos en el artículo 7A117 o para su diseño de integración
con los sistemas incluidos en los artículos 9A004 o 9A104.
NOTA: El «equipo lógico» (software) incluido en el artículo
7D103 permanece bajo control cuando esté combinado con equipo
físico diseñado especialmente incluido en el artículo 4A102.
7E TECNOLOGÍA 7E001 «Tecnología», de acuerdo con la Nota
general de tecnología, para el «desarrollo» de equipos o de
«equipo lógico» (software) incluidos en los artículos 7A, 7B
o 7D.
7E002 «Tecnología», de acuerdo con la Nota general de
tecnología, para la «producción» de equipos incluidos en los
artículos 7A o 7B.
7E003 «Tecnología», de acuerdo con la Nota general de
tecnología, para la reparación, la renovación o la revisión
de equipos incluidos en los artículos 7A001 a 7A004,
excepto:
La «tecnología» de mantenimiento directamente relacionada con
el calibrado, la retirada o la sustitución de Unidades
Sustituibles en Línea (LRU) y de Unidades Sustituibles en Taller
(SRA) dañadas o inservibles de «aeronaves civiles» tal como se
describe en el Mantenimiento de Nivel I o el Mantenimiento de
Nivel II (véanse las notas técnicas del artículo 7B001).
7E004 Otras «tecnologías», según se indica:
a. «Tecnología» para el «desarrollo» o la «producción»
de:
1. Equipos goniométricos automáticos de a abordo que funcionen
a frecuencias superiores a 5 MHz;
2. Sistemas de datos aéreos basados exclusivamente en datos
estáticos de superficie, es decir, que prescinda de la necesidad
de sondas de datos aéreos convencionales;
3. Presentaciones visuales del tipo de trama (raster) de «cabeza
levantada» (head-up) o presentaciones visuales tridimensionales
para «aeronaves»;
4. Sistemas de navegación inerciales o brújulas giroscópicas
astronómicas dotados de acelerómetros o de giroscopios
incluidos en los artículos 7A001 o 7A002;
b. «Tecnología» de «desarrollo», según se indica, para los
«sistemas de control activo de vuelo» [incluido el vuelo
controlado por señales eléctricas (fly-by-wire) o el vuelo
controlado por señales ópticas (fly-by-light)]:
1. Diseño de configuración para la interconexión de múltiples
elementos de proceso microelectrónicos (ordenadores de a bordo)
para conseguir «proceso en tiempo real» para la aplicación de
las leyes de control;
2. Compensación de las leyes de control para localización de
los sensores o las cargas dinámicas del fuselaje, es decir,
compensación para el entorno vibratorio de los sensores o para
la modificación de la posición de los sensores desde el centro
de gravedad;
3. Gestión electrónica de la redundancia de los datos y la
redundancia de los sistemas para la detección, tolerancia y
aislamiento de los fallos o la reconfiguración;
NOTA: El subartículo 7E004.b.3 no incluye la «tecnología»
para el diseño de la redundancia física.
4. Controles de vuelo que permitan la reconfiguración en vuelo
de los controles de fuerza y de momento para el control autónomo
en tiempo real del vehículo aéreo;
5. Integración de los datos digitales de control de vuelo,
navegación y control de propulsión en un sistema digital de
gestión de vuelo que tenga por objeto la optimización de la
trayectoria de vuelo; excepto:
la «tecnología» para el «desarrollo» de sistemas de
instrumentos para vuelo de aeronaves integrados exclusivamente
para la navegación o las aproximaciones VOR, DME, ILS o MLS;
6. Control de vuelo digital de plena autoridad o sistemas de
gestión de misión multisensores que incluyan «sistemas
expertos»;
[En lo que se refiere a la «tecnología» de los Controles
Digitales de Motor de Plena Autoridad (FADEC), véase el
subartículo 9E003.a.10.] c. «Tecnología» para el
«desarrollo» de sistemas de helicópteros, según se indica:
1. Controladores de varios ejes, de vuelo controlado por señales
eléctricas (fly-by-wire) o vuelo controlado por señales
ópticas (fly-by-light), que combinen las funciones, de al menos
dos de los siguientes, en un elemento de control:
a. Controles colectivos;
b. Controles cíclicos;
c. Controles de guiñada;
2. «Sistemas antipar o sistemas de control de dirección, por
control de circulación»;
3. Palas de rotor que posean «perfiles de geometría variable»
para su uso en sistemas que utilicen el control individual de las
palas.
7E101 «Tecnología» de acuerdo con la Nota general de
tecnología, para la «utilización» de equipos incluidos en los
artículos 7A001 a 7A006, 7A101 a 7A106, 7A115 a 7A117, 7B002,
7B003, 7B102, 7B103, 7D101 a 7D103.
7E102 «Tecnología» para la protección de subsistemas
aviónicos y eléctricos contra los riesgos de impulso
electromagnético (EMP) y de interferencia electromagnética
(EMI) procedentes de fuentes externas, según se indica:
a. «Tecnología» de diseño para sistemas de blindaje;
b. «Tecnología» de diseño para la configuración de circuitos
y subsistemas eléctricos endurecidos;
c. «Tecnología» de diseño para la determinación de los
criterios de endurecimiento de los anteriores subartículos a y
b.
7E104 «Tecnología» para la integración de los datos de
control de vuelo, guiado y propulsión en un sistema de gestión
de vuelo para la optimización de la trayectoria del sistema de
cohete.